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viernes, 10 de septiembre de 2010

FISCALIA DE LA NACION PIDIO DEROGATORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO No. 1097

Con el fin de que se derogue o reforme la norma, el fiscal supremo encargado del despacho del Ministerio Público, Pablo Sánchez Velarde, pidió la urgente revisión del cuestionado Decreto Legislativo 1097, que permite el sobreseimiento (el fiscal se inhibe de hacer una denuncia penal), por exceso de plazo, en casos seguidos a militares por violaciones de derechos humanos.
Pablo Sánchez Velarde expresó su preocupación por el referido decreto que, según dijo, afecta normas constitucionales e internacionales. Por ello, adelantó que ya ha dispuesto el análisis del documento para interponer una demanda de inconstitucionalidad.
El Decreto Legislativo 1097 "genera un trato personal y preferente y a la vez desigual con relación a los procesados por los mismos delitos, pero que no tienen la condición de militar o policial, alterándose sustancialmente las normas de procedimiento existentes", señaló el fiscal.
El magistrado indicó que esta norma posibilita el sobreseimiento (archivo) de los casos por dilación en el plazo de investigación, “quebrando el procedimiento que tenemos y generando una sensación de impunidad”. Precisó además que el nuevo Código Procesal Penal "no establece el sobreseimiento por exceso de plazo de investigación".
"LESIONA EL MARCO CONSTITUCIONAL"
Asimismo, subrayó que la primera disposición complementaria final señala que la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad sólo rige a partir del 9 de noviembre del 2003 y que, por el contrario, los crímenes cometidos antes de esa fecha carecen de tal calificativo.
Ante ello, puso hincapié en que dicha norma "lesiona gravemente nuestro marco constitucional y las leyes internacionales sobre la materia, y contraviene lo dispuesto en distintas sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las del Tribunal Constitucional peruano".

miércoles, 8 de septiembre de 2010

DL 1097 NO PERMITIRA PRESCRIPCION DE DELITOS CONTRA DDHH, DICE MINISTRO

Ministro Víctor García

El ministro de Justicia, Víctor García Toma, aclaró que el Decreto Legislativo 1097 no permitirá la prescripción de los delitos contra la humanidad y los derechos humanos. Sin embargo, reconoció que la preocupación de instituciones como la Defensoría del Pueblo es válida, teniendo en cuenta que la norma solo habla de la imprescriptibilidad de aquellos delitos cometidos después del 2003.
“En una disposición complementaria del texto se dice que para efectos procesales se precisa que la Convención sobre imprescriptibilidad para los crímenes de guerra y lesa humanidad (...) surte efecto si rige para el Perú a partir del 9 de noviembre del 2003 (...) eso es cierto porque así lo dispone una resolución legislativa, pero no significa que vaya a extender un manto de impunidad”, señaló García Toma en entrevista a Canal N.
Seguidamente explicó que el Perú no solo es suscriptor del referido convenio sino también de la Convención Americana de Derechos Humanos, en cuyo primer artículo se establece el deber de perseguir a los violadores de DDHH . Mencionó que en ese sentido ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia respecto a que para estos casos no proceden ni la amnistía ni la prescripción.
NO RENUNCIARÁ
En otro momento García Toma dio por superada su intención de renunciar al cargo como lo dejó entrever anoche al señalar que así lo haría en caso el Ejecutivo no hubiera tomado en cuenta los aportes de su portafolio en la exposición de motivos del DL 1097.
"Esta exposición de motivos es una herramienta valiosa para acreditar que el Poder Ejecutivo actuó dentro del marco de la delegación de facultades y en armonía con el mandato constitucional y las normas internacionales sobre protección de derechos humanos", indicó.
En ese sentido descartó que la norma vaya a beneficiar a los miembros del grupo Colina o al ex presidente Alberto Fujimori.
“El tema ya ha sido superado y ahora estamos en la etapa de explicar las razones de este texto que puede ser una herramienta útil en la defensa cabal de los derechos humanos (...) no hagamos una telenovela de esto”, comentó descartando así su renuncia.
Ya por la mañana el primer ministro, Javier Velásquez Quesquén, aseguró que había conversado con García Toma y que ya se habían superado los malos entendidos. “Hay ministro de Justicia para rato”, dijo.

POLEMICA POR LEY QUE AFECTARIA DDHH

LIMA (Reuters) - Una ley recientemente aprobada por el Gobierno peruano que permite cerrar procesos largos a militares y policías acusados de violación a los derechos humanos avivó el martes una polémica en el país, que sufrió una cruenta guerra interna por dos décadas.
El Gobierno argumenta que el objetivo de la ley es adelantar la entrada en vigencia de artículos contenidos dentro del nuevo código procesal penal para delitos de violación de derechos humanos y que ya rigen en algunas partes del país.
También pretende adecuar el código de justicia militar a las más recientes sentencias del Tribunal Constitucional, que señaló que "la prosecución de un proceso penal sin ningún límite temporal resultaría a todas luces inconstitucional", según dijo el ministro de Defensa, Rafael Rey.
La ley fue aprobada la semana pasada por el Gobierno del presidente Alan García a través de poderes legislativos que se le otorgaron en esa materia.
"Lo único que hacemos es adelantar la vigencia de artículos que a más tardar van a entrar en vigencia para todos los peruanos a fines del 2012, para todos los casos y para todos los delitos", dijo el ministro Rey en un encuentro con la prensa extranjera.
El tema se encendió luego de que un grupo de militares retirados, acogiéndose a la llamada ley 1097, solicitó archivar un juicio en curso desde el 2001 vinculado a los derechos humanos y que aún no tiene sentencia.
La medida fue rechazada por organismos defensores de los derechos humanos y familiares de víctimas de abusos y el ministro de Justicia, Víctor García Toma, amenazó con renunciar luego de mostrar diferencias sobre los alcances de la ley.
El funcionario dijo que la norma no coincide con una "versión aceptable" que planteó su portafolio sobre el tema.
Pero el primer ministro, Javier Velásquez, dijo después a periodistas que conversó el martes con el ministro de justicia y "se superó el incidente" y la posible renuncia.
La ley señala que los jueces deben declarar el archivo de un proceso judicial contra miembros de las Fuerzas Armadas por abusos a los derechos humanos cuando se haya superado el plazo máximo de un juicio sin sentencia, que es de hasta 36 meses.
GRUPO COLINA
Uno de los estos juicios es al llamado Grupo Colina, conformado por militares que actuaron en la clandestinidad en su lucha contra guerrilleros del maoísta Sendero Luminoso, durante el Gobierno del ex presidente Alberto Fujimori.
Varios miembros del Grupo Colina están siendo procesados por casos de violaciones a los derechos humanos, entre ellos la matanza en 1991 de 15 personas, entre ellos un niño de 8 años, supuestamente vinculados a la guerrilla izquierdista.
La guerra interna que asoló a Perú dejó cerca de 69.000 personas muertas o desaparecidas, según cifras oficiales.
Por este caso y otros, el ex presidente Fujimori fue condenado a 25 años de prisión acusado de cobijar al grupo paramilitar durante su Gobierno entre 1990 y el 2000.
"Diez años de enjuiciamiento excede no sólo la legislación nacional sino cualquier legislación de carácter internacional", dijo Marcelo Rodríguez, abogado de los miembros del Grupo Colina que solicitó el archivo del juicio a los militares.
La abogada de las víctimas por este caso, Gloria Cano, dijo que es inaceptable la ley en momentos que el Perú trata de hacer justicia a casos de violación a los derechos humanos.
"Creemos que esto es hasta inaplicable porque el Gobierno ha suscrito convenios internacionales que obliga al Estado peruano a culminar estos procesos", dijo Cano a periodistas.
Amnistía Internacional dijo hace unos días en un comunicado que la ley "constituye un grave retroceso en derechos humanos" porque permite prescribir los crímenes de guerra en Perú.
Perú se adhirió a la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad de Naciones Unidas en el 2003.
Sin embargo, su adhesión está sujeta a expresamente a la condición de que los crímenes de este tipo sólo sean regidos por la convención a partir de su entrada en vigencia.
"Los crímenes de guerra o de lesa humanidad que hayan sido cometidos después del 9 de noviembre del 2003 no tienen prescripción (...) pero sólo para esos, no para los cometidos antes", dijo el ministro Rey.
(Reporte de Marco Aquino y Patricia Vélez, Editado por Juana Casas)