lunes, 26 de julio de 2010

PROHIBEN EN MEXICO COBRAR COMISIONES BANCARIAS... Y EN EL PERU, CUANDO?

Prohíben en México el cobro de una serie de comisiones bancarias


26 de julio de 2010, 03:06 PM







México, 26 jul (EFE).- El Banco de México (Banxico, central) prohibió hoy, "en beneficio de la mayoría de los consumidores", el cobro de una serie de comisiones que los bancos mexicanos aplicaban a sus clientes por operaciones como retiro de efectivo o consulta de saldos, entre muchas otras, y que han sido consideradas excesivas.



El organismo publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que entrará en vigor el martes y en el que se prohíbe, además, cobro de comisiones por "depósitos en cuenta y pago de créditos, en ventanilla y en cajeros automáticos operados por las propias instituciones de crédito que lleven la relación con el cuenta habiente".





El Banxico, la Comisión Económica para América Latina (Cepal) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros de México (Condusef) han señalado en reiteradas ocasiones que las tasas bancarias y las comisiones que cobran las entidades financieras en México son demasiado altas y contrarias a las prácticas internacionales.





Las entidades bancarias de México se defienden y aseguran que las tarifas que cobran son altas como resultado del proceso de bancarización (expandir los servicios bancarios entre la población) del país.





Algunos bancos incluso cobraban una comisión a los clientes que introdujeran mal su clave en los cajeros automáticos.





De otra parte, el Banxico estableció que cuando un cliente emita un cheque sin fondos, los bancos solo podrán cobrar lo que resulte menor entre el monto de ese intento de sobregiro o un importe específico que la entidad financiera determine y registre ante el Banco de México, cuyo valor deberá sujetarse a lo dispuesto en las leyes.





Asimismo, para las tarifas que los bancos cobran por no pagar un crédito a tiempo o por no mantener un saldo mínimo requerido en una cuenta de depósitos, sólo se podrá cobrar lo que resulte menor entre el monto del pago incumplido o un importe que cada institución financiera registre ante el banco central.





Adicionalmente, las autoridades prohibieron exigir comisiones por pagos atrasados de créditos, cuando en el mismo periodo los bancos cobren a sus clientes intereses de mora, lo que evita la duplicidad de cargos.





En la misma línea, desaparecerán las comisiones por no utilizar durante un año la tarjeta de crédito, cuando en ese mismo periodo se haya cobrado una comisión por anualidad.





Otra práctica vedada ahora será la de cobrar comisiones a las personas que liquidan un crédito hipotecario por las gestiones que los bancos deben realizar para que cancele la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad de México.





"Se podrá cobrar solamente una comisión por operaciones de transferencia de fondos y domiciliación (envío de recibos o cobros al domicilio), y dicha comisión la cobrará la institución donde se origine la operación", agrega el decreto del ente emisor.





Los bancos mexicanos deberán ahora mostrar en las pantallas de los cajeros automáticos una leyenda clara con el costo total de la operación para que las personas tengan la posibilidad de cancelarlas sin costo alguno si desean, e incluso deberán especificar si no van a cargar nada al usuario.





El decreto también obliga a los bancos a que ofrezcan en sus cuentas básicas una serie de servicios gratis como la apertura y mantenimiento de la cuenta, otorgamiento de una tarjeta de débito, abono de recursos a la cuenta, retiro de efectivo en ventanilla, y consultas de saldo, entre otros.



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